martes, 13 de febrero de 2018

Fallo de airbag en vehículos VOLVO

La avería que trataremos hoy se da en vehículos de la marca Volvo, concretamente se reproducen en los siguientes modelos:


• Volvo C30 de 2007 a 2013.
• Volvo C70 de 2006 a 2013.
• Volvo V50 de 2004 a 2012.
• Volvo S40 de 2005 a 2012.  

Los vehículos afectados únicamente mostrarán un único síntoma a simple vista, el testigo de airbag encendido.

Si profundizamos un poco más en la avería mediante el útil de diagnosis podremos ver que el vehículo tiene varios códigos registrados:


Testigo de airbag

• 0005: Alimentación procedente de la batería.

• 0131: Unidad de control. Fallo interno.
• 0132: Unidad de control. Fallo interno.

El siguiente paso que deberemos realizar para subsanar la avería, será asegurar las alimentaciones y masas de la unidad de control del airbag (la masa la coge a través de la carcasa de la unidad que está fijada directamente al chasis del vehículo).


Si no llega alimentación a la unidad de control de airbag, debemos comprobar el estado del fusible F3 de 60A situado en la caja de fusibles y relés del vano motor sustituyéndolo si este se encuentra fundido.


Fusible F3 de 60A ubicado en la caja de fusibles y relés del vano motor

Si el fusible F3 de 60 A se encuentra en buen estado, debemos  pasar a comprobar el estado del fusible F44 de 10A situado tras la guantera, en la unidad de servicio del habitáculo (CEM). Si se encuentra en buen estado, comprobaremos si llega alimentación a la unidad con el contacto en posición I, II y III.

Repetir la comprobación anterior pero esta vez con el fusible F49 de 10A de la unidad de servicio del habitáculo (CEM).

En caso de no llegar alimentación a la unidad, debemos comprobar el estado y funcionamiento del relé de confort R18 situado también en la unidad de servicio del habitáculo (CEM).


Unidad de servicio del habitáculo (CEM)

Una vez realizadas todas las comprobaciones, si no detectamos ninguna anomalía aparente deberemos sustituir el módulo de servicio del habitáculo (CEM).





No hay comentarios:

Publicar un comentario

¡Muchas gracias por su interés! Les agradeceríamos que no se aprovecharan de nuestro blog para publicitar sus productos o servicios. Cualquier comentario publicitario será eliminado. !Que tenga un buen día!

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...

¿Quieres seguir nuestro Blog? ¡Fácil! Clica en el botón